Código Laboral, § 4650, subd. b).
Código Laboral, § 4650, subd. b) 1).
código de trabajo, § 4660, subd. (un) .og
Ogilvie V.Workers’ Comp. Apelaciones Bd., 197 Cal.App.4th 1262, 1270, 129 Cal.Rptr.3d 704 (2011).City
ciudad de Sebastopol V.compensación de los trabajadores. Apelaciones Bd., 208 Cal.App.4th 1197, 1208, 146 Cal.Rptr.3d 713 (2012) («los Términos ‘capacidad de ingresos futura disminuida’ y ‘capacidad para competir en un mercado laboral abierto’ no tienen ninguna diferencia significativa»).og
Véase Ogilvie, 197 Cal.App.,4th at 1270 («los pagos por incapacidad permanente están diseñados para compensar a un empleado lesionado tanto por pérdida física como por reducción en la capacidad de ingresos.»); Mark Gearheart, Post SB 863 PDRS Rebuttal: The Return to Simplicity, Cal. Ass’N att’Ys del solicitante (2015), wrklyrs.com/2Lg3MFD (se abre en una ventana nueva) (la discapacidad permanente puede consistir en la discapacidad en sí o el efecto de la discapacidad sobre la capacidad para realizar actividades laborales, para realizar las actividades de la vida diaria, o para ganarse la vida).City
ciudad de Sebastopol V.compensación de los trabajadores. Apelaciones Bd., 208 Cal.App.4th 1197, 1207, 146 Cal.,Rptr.3d 713 (2012) («la pérdida del poder adquisitivo no es un requisito previo para el estado de discapacidad permanente. Además, un empleado lesionado no necesita estar sin trabajo para recibir PDI.») (se omite la cita).City
ciudad de Sebastopol, 208 Cal.App.4th en 1207 («donde, como aquí, los pagos por Incapacidad Temporal No se han hecho, el pago de PDI se debe típicamente después de la fecha en que se logra el estado permanente y estacionario.”).mil
Milpitas Unified Sch. Dist. Y 187 de Cal.App.4th at 819 («las calificaciones de deterioro proporcionadas en las guías fueron diseñadas para reflejar las limitaciones funcionales y no la discapacidad.,»(Guías, § 1.2, p. 4.) Ellos ‘ reflejan la gravedad de la condición médica y el grado en que el deterioro disminuye la capacidad de un individuo para realizar actividades comunes de la vida diaria (AVD), excluyendo el trabajo.»(Guías, § 1.2, p. 4.) «) (se omite la nota de pie de página).Cal
Cal. Código Regs., teta. 8, § 10152.Liv
Livitsanos, 2 Cal. 4th at 753-54.og
Ogilvie V.Workers’ Comp. Apelaciones Bd., 197 Cal.App.4th 1262, 1270, 129 Cal.Rptr.3d 704 (2011) («los beneficios de compensación de trabajadores no son daños otorgados debido a lesiones, y no están diseñados para restaurar al trabajador todo lo que ha perdido»).,
Los tribunales se refieren con frecuencia a una» negociación de compensación » entre empleadores y trabajadores. Se dice que el Acuerdo refleja el Acuerdo de los empleadores para aceptar la responsabilidad por muertes y lesiones en el lugar de trabajo sin tener en cuenta la culpa, a cambio de limitar la amplia gama de daños que están disponibles en los casos de lesiones personales basados en la culpa. Véase, por ejemplo, Charles J. Vacanti, M. D., Inc. v. State Comp. Ins. Fondo, 24 Cal. 4th 800, 102 Cal. Rptr. 2d 562, 573, 14 P. 3d 234 (2001) (donde se analizan los Términos de la negociación de compensación «teórica» o «presunta»).Gamble
Gamble V.Workers’ Comp. Apelaciones Bd., 143 Cal.,App.4th 71, 49 Cal.Rptr.3d 36, 40 (2006) («indemnización por Incapacidad Permanente se otorga a los trabajadores lesionados en California en lugar de daños por agravio contra los empleadores.”).
código de trabajo, § 3600(a) («responsabilidad por la compensación proporcionada por esta división . . . existirá, sin consideración de negligencia, contra un empleador por cualquier lesión sufrida por sus empleados que surja de y en el curso del empleo . . . .»); Privette V. Superior Court of Santa Clara County, 5 Cal. 4th 689, 697, 21 Cal. Rptr. 2d 72, 854 P.,2d 721 (1993) (describiendo el pago de compensación por lesiones industriales independientemente de la culpa como uno de los objetivos del plan de compensación de trabajadores de California).Gamble
Gamble V.Workers’ Comp. Apelaciones Bd., 143 Cal.App.4th 71, 49 Cal.Rptr.3d 36, 39 (2006) («el propósito de un premio bajo el esquema de compensación de trabajadores’ no es hacer que el empleado por la pérdida que ha sufrido, sino para evitar que él y sus dependientes se conviertan en cargas Públicas durante el período de su discapacidad.'») (se omite la cita).Bro
Brodie V.Workers’ Comp. Apelaciones Bd., 57 Cal.Rptr.,3D 644, 648, 40 Cal. 4th 1313, 156 P. 3d 1100 (2007).Liv
Livitsanos V.Superior Court, 2 Cal. 4th 744, 753, 7 Cal. Rptr. 2d 808, 828 P. 2d 1195 (1992), («el sistema de compensación de trabajadores está diseñado para compensar solo por tal discapacidad o necesidad de tratamiento como está relacionado ocupacionalmente»).See
Ver Código Laboral, § 3208.,1 («una lesión puede ser: (a)’ específica’, que ocurre como resultado de un incidente o exposición que causa discapacidad o necesidad de tratamiento médico; o (b)’ acumulativa’, que ocurre como actividades traumáticas mentales o físicas repetitivas que se extienden durante un período de tiempo, cuyo efecto combinado causa cualquier discapacidad o necesidad de tratamiento médico.”).
Código Laboral, § 3600(a).
código de trabajo, § 3600 (a) (2).
código de trabajo, § 3600 (a) (3).,
» el ‘médico de tratamiento primario’ es el médico que es el principal responsable de administrar la atención de un empleado, y que ha examinado al empleado al menos una vez con el propósito de brindar o prescribir tratamiento y ha monitoreado el efecto del tratamiento a partir de entonces.»Cal. Código Reg., teta. 8, § 9785 (a) (1).Cal
Cal. Código Reg., teta. 8, § 9785 (d) («el médico de tratamiento primario emitirá opiniones sobre todos los asuntos médicos necesarios para determinar la elegibilidad del empleado para compensación . . . .”).Cal
Cal. Código Regs., teta. 8, § 10152.SWE
See Sweeney V. Indus. Acc., Comm n., 107 Cal. App. 2d 155, 159 (1955) (la discapacidad es permanente cuando el período de curación ha terminado y existe una secuela inmutable de la lesión); Gamble V.Workers’ Comp. Apelaciones Bd., 143 Cal.App.4th 71, 49 Cal.Rptr.3d 36, 39-40 (2006) (un empleado que todavía está en un período de curación recibe beneficios por incapacidad temporal, mientras que los beneficios por incapacidad permanente se pagan después de que la condición del empleado se vuelve permanente y estacionaria).Dah
Dahlbeck V. Indus. Acc. Comunicación, Calibre 135. App., 2d 394, 400 (1955) («ninguna otra razón que la fácil aplicación práctica de la ley se sugiere en apoyo de la opinión de que una persona cuya enfermedad profesional ha sido detenida puede recibir el beneficio de una indemnización por lesión posterior cuando una persona que está fatalmente afectada como resultado de una lesión industrial (por ejemplo, silicosis, asbestosis, toxemia de radiación, envenenamiento por tetracloruro de carbono) puede no disfrutar del bálsamo benéfico de esa misma ley.”)., Cuando un empleado tiene una enfermedad progresiva, la Junta de Apelaciones de Compensación de Trabajadores puede evitar la expiración del Estatuto de limitaciones para hacer una reclamación por beneficios de incapacidad permanente reservándose la jurisdicción para decidir si la condición se ha convertido en permanente y estacionaria. En su lugar, la Junta puede otorgar beneficios por discapacidad permanente, reservándose la jurisdicción para modificar los beneficios si la discapacidad se vuelve más grave en el futuro. General Foundry Service v.Workers’ Comp. Apelaciones Bd., 42 Cal. 3D 331, 337, 228 Cal. Rptr. 243, 721 P. 2d 124 (1986).
Véase Bstandig C., Compensación De Los Trabajadores. Apelaciones Bd., 68 Cal. App. 3D 988, 996, 137 Cal. Rptr. 713 (1977) (una condición de rodilla podría ser permanente y estacionaria incluso si requeriría un tratamiento de por vida para aliviar los síntomas).Cal
Cal. Código Regs., teta., 8, § 9785 (h) («cuando el médico principal que trata determina que la condición del empleado es permanente y estacionaria, el médico deberá, A menos que se demuestre una buena causa, informar dentro de los 20 días a partir de la fecha del examen cualquier hallazgo relacionado con la existencia y el alcance del impedimento y las limitaciones permanentes y cualquier necesidad de atención médica continua y/o futura como resultado de la lesión.”).Cal
Cal. Código Regs., teta. 8, § 9785 (h).Cal
Cal. Código Regs., teta., 8, § 9785 (h) («para la evaluación de la discapacidad permanente realizada de conformidad con el calendario de evaluación de la discapacidad permanente adoptado a partir del 1 de enero de 2005, los informes del médico principal tratante sobre la existencia y el alcance de la discapacidad permanente describirán la discapacidad de acuerdo con las guías de la AMA para la evaluación de la discapacidad permanente, 5A Edición (formulario DWC PR-4).”).See
Ver Cal. Código Reg., teta. 8, § 9785.4 («formulario PR-4′ Informe permanente y estacionario del médico tratante primario'»).
Ver Código Laboral, § 4660 (aplicable a lesiones anteriores a 2013); Bontempo V., Compensación De Los Trabajadores. Apelaciones Bd., 173 Cal.App.4th 689, 695, 93 Cal.Rptr.3d 229 (2009) («como parte de las revisiones integrales de 2004, la Legislatura enmendó la sección 4660 para requerir un nuevo calendario de calificación que incorpora las pautas de la Asociación Médica Americana (AMA) para la evaluación de la discapacidad permanente.”).mil
Milpitas Unified Sch. Dist. V. compensación de los trabajadores. Apelaciones Bd. Y 187 de Cal.App.4th 808, 818, 115 Cal.Rptr.3d 112 (2010) («según se indica, el director administrativo publicó un nuevo PDRS a partir del 1 de enero de 2005, que incorporó la quinta edición de las guías en su totalidad.”).,
Código Laboral, § 4660.1(b) («para los propósitos de esta sección, la «naturaleza de la lesión física o desfiguración» incorporará las descripciones y mediciones de las deficiencias físicas y los porcentajes correspondientes de deficiencias publicadas en las guías de la Asociación Médica Americana (AMA) para la evaluación de la deficiencia permanente (5ta edición) con la deficiencia de la persona completa del empleado, según lo dispuesto en las guías, multiplicado por un factor de ajuste de 1.4.”).mil
Milpitas Unified Sch. Dist. Y 187 de Cal.App.4th en 814 n. 5.mil
Milpitas Unified Sch. Dist. Y 187 de Cal.App.,4th at 822 («sección 4660, subdivisión(b) (1), reconoce la variedad e imprevisibilidad de las situaciones médicas al requerir la incorporación de las descripciones, mediciones y porcentajes correspondientes en las Guías para cada deterioro, no su aplicación mecánica sin tener en cuenta cuán precisa y completamente reflejan el deterioro real sostenido por el paciente . . . . Al usar la palabra ‘incorporación’, la Legislatura reconoció que no todas las lesiones pueden ser descritas con precisión por las clasificaciones designadas para la parte particular del cuerpo involucrada.”).,
Véase City of Sacramento V.Workers’ Comp. Apelaciones Bd., 222 Cal. App.4th 1360, 1371-72, 167 Cal.Rptr.3d 1 (2013) (el médico ejerció razonablemente el juicio clínico al asignar WPI a la fascitis plantar porque la condición se manifiesta solo por la experiencia subjetiva del dolor).
Código Laboral, § 4061(a).
código de trabajo, § 4061 (b), (c).,
Ver Código Laboral, § 4060(c) («si se requiere una evaluación médica para determinar la resarcibilidad en cualquier momento después de la presentación del formulario de reclamo, y el empleado está representado por un abogado, se obtendrá una evaluación médica para determinar la resarcibilidad solo mediante el procedimiento previsto en la sección 4062.2.»); Código Laboral, § 4062.2(b) («No antes del primer día laborable que es por lo menos 10 días después de la fecha de envío de una solicitud de evaluación médica de conformidad con la sección 4060 . . ., cualquiera de las partes podrá solicitar la asignación de un panel de tres miembros de evaluadores médicos calificados para llevar a cabo una evaluación médica integral.”).,
Ver Código Laboral, § 4060(D) («Si se requiere una evaluación médica para determinar la resarcibilidad en cualquier momento después de que se presente el formulario de reclamo, y el empleado no está representado por un abogado, el empleador deberá notificar al empleado que el empleador solicita una evaluación médica integral para determinar la resarcibilidad o que el empleador no ha aceptado la responsabilidad y el empleado puede solicitar una evaluación médica integral para determinar la resarcibilidad. Cualquiera de las partes podrá solicitar una evaluación médica exhaustiva para determinar la resarcibilidad., La evaluación se obtendrá solo mediante el procedimiento previsto en la sección 4062.1.»); Código Laboral, § 4062.1(b) («Si cualquiera de las partes solicita una evaluación médica de conformidad con la sección 4060, 4061 o 4062, cualquiera de las partes puede presentar el formulario prescrito por el director administrativo solicitando al director médico que asigne un panel de tres evaluadores médicos calificados de acuerdo con la sección 139.2., Sin embargo, el empleador no puede presentar el formulario a menos que el empleado no lo haya presentado dentro de los 10 días posteriores a que el empleador le haya proporcionado el formulario al empleado y le haya solicitado que lo envíe. La parte que presente el formulario de solicitud designará la especialidad de los médicos que serán asignados al panel.”).
esto a veces se conoce como una» evaluación médica integral «o una» evaluación médico-legal integral».,»
Código del trabajo, § 4062(a) («si el empleado o empleador se opone a una determinación médica hecha por el médico tratante con respecto a cualquier problema médico no cubierto por la sección 4060 o 4061 y no sujeto a la sección 4610, la parte objetante notificará a la otra parte por escrito la objeción dentro de los 20 días posteriores a la recepción del informe si el empleado está representado por un abogado o dentro de los 30 días posteriores a la recepción del informe si el empleado no está representado por un abogado. Estos plazos podrán prorrogarse por motivos justificados o de mutuo acuerdo.”).
Código Laboral, § 4062.,2 (f) («Las Partes podrán acordar un evaluador médico acordado en cualquier momento . . . .”). Un AME no puede realizar la evaluación si el empleado no está representado por un abogado. Id. § 4062.1(a) («si un empleado no está representado por un abogado, el empleador no buscará un acuerdo con el empleado sobre un evaluador médico acordado, ni un evaluador médico acordado preparará la evaluación médica formal sobre cualquier asunto en disputa.”).
Código Laboral, § 4062.2 (b).
Código Laboral, § 4062.2(c), (d).
Código Laboral, § 4062.2 (c).
Código Laboral, § 4062.3 (e).
Código Laboral, § 4062.3 (i).,
Código Laboral, § 4062.3 (j).
Código Laboral, § 4062(a).
Código Laboral, § 4062.1 (e).
Código Laboral, § 4062.2 (e).
Código Laboral, § 4064(a).
Código Laboral, § 4064(d) («ninguna parte tiene prohibido obtener ninguna evaluación médica o consulta a expensas de la parte»).
código de trabajo, § 4605 («nada de lo contenido en este capítulo limitará el derecho del empleado a proporcionar, a su propio costo, un médico consultor o cualquier médico tratante que él o ella desee., Cualquier informe preparado por los médicos que consultan o atienden de conformidad con esta sección no será la única base de una concesión de compensación. Un evaluador médico calificado o un médico tratante autorizado abordará cualquier informe obtenido de conformidad con esta sección e indicará si él o ella está de acuerdo o en desacuerdo con los hallazgos u opiniones expresadas en el informe, e identificará las bases de esta opinión.”).,payments
«Los pagos por discapacidad permanente se calculan expresando primero el grado de discapacidad permanente como un porcentaje y luego convirtiendo ese porcentaje en un premio basado en una tabla.»Brodie v. Comp de los Trabajadores. Apelaciones Bd., 57 Cal.Rptr.3D 644, 648, 40 Cal. 4th 1313, 156 P. 3d 1100 (2007). El porcentaje «no tiene importancia en el mundo real», excepto para indicar que los empleados con porcentajes más altos son más discapacitados que los empleados con porcentajes más bajos. Id. en 648 n.4.,
antes del 1 de enero de 2013, se consideraron los tres factores discutidos aquí, así como la disminución de la capacidad de ganancia futura. Condado de Contra Costa V.compensación de los trabajadores. Apelaciones Bd., 240 Cal.App.4th 746, 750, 193 Cal.Rptr.3d 7 (2015). La «reforma» que entró en vigor en 2013 eliminó la capacidad de ingresos futuros como un factor, pero añadió un multiplicador al WPI del trabajador lesionado al calcular una calificación de discapacidad.
Código Laboral, § 4660.,1 (a) («al determinar los porcentajes de incapacidad permanente parcial o total permanente, se tendrá en cuenta la naturaleza de la lesión física o desfiguración, la ocupación del empleado lesionado y su edad en el momento de la lesión.»)
Código Laboral, § 4660.,1 (b) («para los propósitos de esta sección, la ‘naturaleza de la lesión física o desfiguración’ incorporará las descripciones y mediciones de impedimentos físicos y los porcentajes correspondientes de impedimentos publicados en las Guías para la evaluación del impedimento permanente de la Asociación Médica Americana (AMA) (5a edición) con el impedimento de toda la persona del empleado, según lo dispuesto en las guías, multiplicado por un factor de ajuste de 1.4.”).
Código Laboral, § 4660.,1 (c) (1) («salvo lo dispuesto en el párrafo (2), no habrá aumentos en las calificaciones de deterioro por disfunción del sueño, disfunción sexual o trastorno psiquiátrico, o cualquier combinación de los mismos, que surjan de una lesión física indemnizable. Nada en esta sección limitará la capacidad de un empleado lesionado para obtener tratamiento para la disfunción del sueño, disfunción sexual o trastorno psiquiátrico, si lo hubiera, que son consecuencia de una lesión industrial.”).Cal
Cal. Código Reg., teta., 8, § 9805 («el método para la determinación de porcentajes de discapacidad permanente se establece en el calendario para calificar discapacidades permanentes, que ha sido Adoptado por el Director Administrativo a partir del 1 de enero de 2005, y que se incorpora por referencia en su totalidad como si se estableciera a continuación.”). El ajuste ocupacional aparece en las secciones 4 y 5 del calendario para la calificación de discapacidades permanentes, wrklyrs.com/2LgjeBt (se abre en una ventana nueva).Kin
National Kinney of Cal. V. compensación de los trabajadores. Apelaciones Bd., 113 Cal. App. 3D 203, 215, 169 Cal. Rptr., 801 (1980) («se ha determinado que cuando los deberes del empleado abarcan los deberes de dos formas de ocupación, la calificación debe ser para la ocupación que lleva el porcentaje más alto.”).
el ajuste de edad aparece en la sección 6 del calendario para calificar discapacidades permanentes, wrklyrs.com/2LgjeBt (se abre en una ventana nueva).B
Benson V.Workers’ Comp. Apelaciones Bd., Calibre 170.App.4th 1535, 1549, 89 Cal.Rptr.3d 166 (2009) («the plain language of the new statutory scheme requires prorrateo to each cause of a permanent disability, including each distinct industrial injury»).,B
Benson, 170 Cal.App.4 a las 1560.
Código Laboral, § 4662(a).
código de trabajo, § 4662(b) («en todos los demás casos, la incapacidad total permanente se determinará de acuerdo con el hecho.”).Bro
Brodie V.Workers’ Comp. Apelaciones Bd., 40 Cal. 4th 1313, 57 Cal.Rptr.3d 644, 648, 156 P. 3d 1100 (2007) («los empleadores deben compensar a los trabajadores lesionados solo por esa parte de su discapacidad permanente atribuible a una lesión industrial actual, no por esa parte atribuible a lesiones anteriores o a factores no industriales.») Ashley
Ashley V.Workers’ Comp. Apelaciones Bd., 37 Cal.App.,4th 320, 326, 43 Cal. Rptr. 589 (1995) («el prorrateo es el proceso empleado por la Junta para separar los residuos de una lesión industrial de los atribuibles a otras lesiones industriales, o a factores no industriales, a fin de asignar equitativamente la responsabilidad legal.”).See
Ver Cal. Código Reg., teta. 8, § 9785.4 («formulario PR-4′ Informe permanente y estacionario del médico tratante primario'»).HIK
Hikida V.Workers’ Comp. Apelaciones Bd., 12 Cal.App.5th 1249, 1257-59 (2017).
Código Laboral, § 4663(a) («el prorrateo de la discapacidad permanente se basará en la causalidad.”).,
código de trabajo, § 4664(a) («el empleador solo será responsable por el porcentaje de incapacidad permanente causada directamente por la lesión que surja y ocurra en el curso del empleo.”).See
Véase Brodie, 57 Cal.Rptr.,3d en 652 («sección 4664, subdivisión(a) limita la responsabilidad de un empleador al porcentaje de discapacidad directamente causada por la lesión industrial actual»)
Código Laboral, § 4664 (b) («si el solicitante ha recibido una concesión previa de discapacidad permanente, se presumirá concluyentemente que la discapacidad permanente anterior existe en el momento de cualquier lesión industrial posterior. Esta presunción es una presunción que afecta a la carga de la prueba.»)
Kopping V.Workers’ Comp. Apelaciones Bd., 142 Cal.App.4th 1099, 48 Cal.Rptr.,3d 618, 630(2006) («la sección 4664 (b) crea una presunción concluyente de la existencia continuada de una discapacidad permanente previa cuando el solicitante recibió una concesión de beneficios de discapacidad permanente sobre la base de esa discapacidad, lo que impide que el solicitante demuestre la rehabilitación médica de la discapacidad anterior»)., Si bien la segunda oración del § 4664(b) está posiblemente en conflicto con la primera oración, ya que una «presunción que afecta a la carga de la prueba» es típicamente una presunción refutable en lugar de una presunción concluyente, el tribunal en Kopping concluyó que la primera oración reflejaba la intención inequívoca del legislador. Id. en 622-24.ko
Kopping, 48 Cal.Rptr.3d en 621. Una superposición puede implicar lesiones sucesivas en la misma o diferentes partes del cuerpo. Id. en 621 n. 5.ko
Kopping, 48 Cal.Rptr.3d en 623.,
Código Laboral, § 4663(d) («un empleado que reclama una lesión industrial deberá, previa solicitud, revelar todas las discapacidades permanentes o impedimentos físicos anteriores.”).
código de trabajo, § 4663 (c).
código de trabajo, § 4464 (c) (1).
Código Laboral, § 4664 (c) (2) («Nada en esta sección se interpretará para permitir que la calificación de incapacidad permanente para cada lesión individual sufrida por un empleado que surja del mismo accidente industrial, cuando se suma, exceda el 100 por ciento.”).Cal
Cal. Código Reg., teta., 8, § 10156 («una determinación formal de calificación será preparada por la unidad de Evaluación de discapacidad cuando lo solicite la Junta de Apelaciones o un juez de Compensación de Trabajadores en un formulario especificado para ese propósito por el Director Administrativo.”).
Código Laboral, § 4061(e) («el empleado no representado o el empleador pueden presentar la evaluación del médico tratante para el cálculo de una calificación de discapacidad permanente. Dentro de los 20 días siguientes a la recepción de la evaluación médica integral, el director administrativo calculará la calificación de incapacidad permanente de acuerdo con la sección 4660 o 4660.,1, según corresponda, y entregar la calificación al empleado y al empleador.”).Cal
Cal. Código Reg., teta.,evaluación médico-legal previa de un evaluador médico calificado que es elegible para la calificación bajo la sección 10160, la unidad de Evaluación de discapacidad emitirá una determinación de calificación resumida de conformidad con la sección 4061(e) del Código Laboral dentro de los 20 días de la fecha en que haya pasado el tiempo para la presentación de una solicitud de corrección de hecho bajo la sección 4061(d)(1) del Código Laboral, o la fecha de recepción de un informe suplementario presentado a la unidad de Evaluación de discapacidad en respuesta a una solicitud de corrección de hecho bajo la sección 37 del título 8 del Código de Regulaciones de California, lo que sea posterior.,”).Cal
Cal. Código Reg., teta. 8, § 10166 (b) («se pueden solicitar determinaciones de calificación consultiva con el propósito de determinar la importancia evaluable de los factores, revisar los acuerdos de compromiso y liberación propuestos para determinar la adecuación, determinar los valores conmutados, resolver cuestiones ocupacionales o cualquier otro asunto dentro de la experiencia de los evaluadores de discapacidad. Las determinaciones de calificación consultiva no serán admisibles en los procedimientos judiciales.»)
Cal. Código Reg., teta., 8, § 10166 (a) («la unidad de Evaluación de discapacidad preparará determinaciones de calificación consultiva a petición de la Junta de Apelaciones, jueces de Derecho Administrativo de compensación de trabajadores, árbitros de la Conferencia de conciliación, árbitros, jueces de compensación de trabajadores pro tempore e información & oficiales de asistencia.»)
Cal. Código Reg., teta. 8, § 10166 (c) («la unidad de Evaluación de discapacidad también puede preparar determinaciones de calificación consultiva al recibir solicitudes razonables de los empleadores, los trabajadores lesionados o sus respectivos representantes., Una solicitud no se considera razonable cuando una compañía de seguros o autoasegurador busca una determinación de calificación consultiva con el propósito de terminar su responsabilidad o para negociar un compromiso y liquidación de liberación cuando el trabajador lesionado no tiene representante. Las determinaciones de calificación consultiva no se utilizarán como sustituto de las determinaciones sumarias de calificación.»)
Cal. Código Reg., teta., 8, § 10166 (e) («no se proporcionará una determinación de calificación Consultiva en casos en los que se haya presentado una solicitud de adjudicación de reclamo ante la Junta de Apelaciones sin autorización previa por escrito de la Junta de Apelaciones, Un juez de Derecho Administrativo de compensación de trabajadores, árbitro de la Conferencia de conciliación, árbitro, juez pro tempore de compensación de trabajadores, o información & oficial de asistencia., En los casos en que se haya presentado una solicitud, el evaluador de la discapacidad podrá exigir que toda solicitud de determinación de la calificación consultiva vaya acompañada del expediente de la Junta de Apelaciones.”).
Código Laboral, § 4658 (e).
código de trabajo, § 4453 (b) (9).
Código del trabajo, § 4660.1(d) («El horario para calificar discapacidades permanentes de acuerdo con las guías de la Asociación Médica Americana (AMA) para la evaluación del impedimento permanente (5ta Edición) y el horario de edad y modificadores ocupacionales . . ., será prueba prima facie del porcentaje de incapacidad permanente que se atribuirá a cada lesión cubierta por la lista.”).
Código Laboral, § 4659(a) («si la discapacidad permanente es al menos del 70 por ciento, pero menos del 100 por ciento, el 1.5 por ciento de los ingresos semanales promedio por cada 1 por ciento de discapacidad en exceso del 60 por ciento debe pagarse durante el resto de la vida, después de que se haya hecho el pago por el número máximo de semanas especificado en la sección 4658. . . ., Para lesiones que ocurran en o después del 1 de enero de 2006, los salarios semanales promedio no se tomarán en más de quinientos quince dólares y treinta y ocho centavos ($515.38)»). El «número máximo de semanas especificado en la sección 4658» es de 16 semanas por cada porcentaje de discapacidad cuando la discapacidad permanente es de al menos 70%. Id. § 4658 (e).
Código Laboral, § 9659(b) («si la incapacidad permanente es total, la indemnización basada en los ingresos semanales promedio determinados bajo la sección 4453 se pagará durante el resto de la vida.”).
Código Laboral, § 3208.,3 a) » una lesión psiquiátrica será indemnizable si se trata de un trastorno mental que causa discapacidad o necesidad de tratamiento médico . . . .”).Am
Am. Psychiatric Ass’n, Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders (5th ed. 2013).
Código del trabajo, § 4660.1(c)(1) («salvo lo dispuesto en el párrafo (2), no habrá aumentos en las calificaciones de deterioro por disfunción del sueño, disfunción sexual o trastorno psiquiátrico, o cualquier combinación de los mismos, que surjan de una lesión física compensable., Nada en esta sección limitará la capacidad de un empleado lesionado para obtener tratamiento para la disfunción del sueño, disfunción sexual o trastorno psiquiátrico, si lo hubiera, que son consecuencia de una lesión industrial.”).Decision
Decision after Reconsideration, Madsen v. Michael J. Calveto Ranches, No. ADJ9914916 (Workers’ Comp. Apelación. Bd. Feb. 22, 2017).
Código Laboral, § 3208.,3 (d) («no obstante cualquier otra disposición de esta división, no se pagará ninguna indemnización de conformidad con esta división por una lesión psiquiátrica relacionada con una reclamación contra un empleador a menos que el empleado haya sido empleado por ese empleador durante al menos seis meses. Los seis meses de empleo no tienen por qué ser continuos. Esta subdivisión no se aplicará si la lesión psiquiátrica es causada por una condición de empleo repentina y extraordinaria.”).See
Véase, por ejemplo, State Comp. Ins. Fondo de v. Comp de los Trabajadores. Apelaciones Bd., 204 Cal.App.4th 766, 769, 139 Cal.Rptr.,3d 215 (2012) (la caída del empleado «era un riesgo ocupacional de recoger aguacates mientras estaba de pie en una escalera, y por lo tanto no era infrecuente, inusual o inesperado»); Travelers Cas. & Surety Co. V. compensación de los trabajadores. Apelaciones Bd., 246 Cal.App.4th 1101, 1108-09201 Cal.Rptr.3d 312 (2016) (los resbalones y caídas en la acera mojada del empleador no fueron el resultado de una condición repentina e inesperada, incluso si el empleado no esperaba que la acera fuera resbaladiza).,
el estrés en el lugar de trabajo, en sí mismo, No se considera típicamente como un trastorno mental, pero puede contribuir a una serie de trastornos mentales reconocidos, incluyendo trastornos de ansiedad, trastornos de pánico, trastornos depresivos y trastornos de estrés postraumático.
Código Laboral, § 3208.3 (b) (1).Pacific
Pacific Gas & Electric Co. V. compensación de los trabajadores. Apelaciones Bd., 114 Cal.App.4th 1174, 1180, 8 Cal.Rptr.3d 46 (2004) («este lenguaje se ha interpretado en el sentido de que los beneficios bajo la sección 3208.,3, la subdivisión (b) (1) solo se puede otorgar cuando los factores industriales representan más del 50 por ciento de una discapacidad psiquiátrica.”).
Código Laboral, § 3208.3 (b) (2).
Código Laboral, § 3208.3 (b) (3).Decision
Decision after Reconsideration, Madsen v. Michael J. Calveto Ranches, No. ADJ9914916 (Workers’ Comp. Apelación. Bd. Feb. 22, 2017).Id
Id.
Código Laboral, § 3208.3 (h).↥
Northrop Grumman Corp v. Comp de los Trabajadores. Apelaciones Bd., 127 Cal. Rptr. 2D 285, 295, 103 Cal.App.4th 1021 (2002).Unified
San Francisco Unified SCH. Dist. V. compensación de los trabajadores. Apelaciones Bd., 190 Cal.App.,4th 1, 10, 117 Cal.Rptr.3d 824 (2010) (donde la lesión psiquiátrica fue causada 15% por factores no relacionados con el trabajo, 51% por actividades laborales y 34% por acciones de personal, las acciones de personal no fueron una causa sustancial de la lesión psiquiátrica; los factores no relacionados con el trabajo no pudieron excluirse al calcular los porcentajes de eventos causales).See
Ver Cal. Código Reg., teta., 8, § 9805 («el método para la determinación de porcentajes de discapacidad permanente se establece en el calendario para calificar discapacidades permanentes, que ha sido Adoptado por el Director Administrativo a partir del 1 de enero de 2005, y que se incorpora por referencia en su totalidad como si se estableciera a continuación.»); Division of Workers’ Compensation, Schedule for Rating Permanent Disabilities 1-12 to 1-16 (2005), wrklyrs.com/2JsUG6j (se abre en una ventana nueva).↥